Podría ser imputado por exceso de la legítima defensa: Un guardia de seguridad frustró un robo al comercio que se encontraba custodiando y fue detenido mientras dure todo el proceso de las investigaciones correspondientes. Según el fiscal Itálico Rienzi, se busca determinar si este hecho es punible.
El guardia de seguridad de la empresa C.P.H. Electrodomésticos, Ulises González, quien se encontraba prestando su servicio en el local sobre Mariscal López esq. Monseñor Bogarín en la ciudad de Fernando de la Mora, fue detenido por orden del Ministerio Público hasta que el mismo dé su declaración indagatoria.
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Varios son los elementos que se deben de analizar para determinar si se le imputa o no al guardia de seguridad. Según explica el fiscal Itálico Rienzi, se debe conocer si la empresa contrató a Ulises González como custodio y si poseía los permisos para portar armas.
El fiscal aclaró que los permisos para la portación de armas corren a cargo de la empresa, pero al mismo tiempo la firma debe de aclarar cuáles son los empleados que forman parte del permiso.
Según se informa, por el momento la Fiscalía se encuentra aguardando que la empresa de seguridad presente el documento, en vista que en el momento del suceso no se contaba con este
Podría ser imputado por exceso de la legítima defensa
El motivo por el que se le podría imputar al guardia de seguridad sería por lesión grave, atendiendo a las circunstancias en las que le disparó al asaltante. Según los primeros datos que fueron recabados, el trabajador realizó el disparo cuando ya no corría peligro.
Conforme lo expresado por el fiscal, el guardia una vez que realizó el llamado a la policía no contó que hirió al ladrón, además de esto, una vez que el personal del Ministerio Público llegó al lugar, el mismo se negó a mostrar las grabaciones del circuito cerrado.
En las imágenes del circuito cerrado se puede apreciar que durante la persecución el ladrón cae al suelo, según parece debido a un tropezón, y posteriormente se reincorpora pero momentos después vuelve a caerse.
El fiscal Rienzi menciona que, según parece indicar, en el momento de la segunda caída ocurrió el disparo. Aclara además que una persona se encuentra en una persecución, si el otro tiene arma, la intención debe ser disparar, esto es lo que se debe de determinar.
Además de esto, al fiscal le llamó la atención que una vez realizado el disparo, el guardia debía de esposarlo o atarlo, pero el mismo fue hasta el local y posteriormente volvió a salir al exterior.
Para finalizar, el fiscal mencionó que el guardia de seguridad debe de defender los bienes de la empresa, sin embargo, de acuerdo a la forma que actuó, su conducta se podría analizar como “exceso de legítima defensa”, atendiendo si fue por confusión o terror, podría eximir la pena.
Una vez que dio su declaración, el guardia de seguridad fue liberado del Ministerio Público, además de esto, el asaltante fue identificado como Santiago Ariel Rojas Cabrera, de 21 años de edad, quien cuenta con antecedentes penales por hurto agravado desde el año 2015, reducción en 2017, y de nuevo hurto agravado en 2017/2020