Facturas de súper y otros gastos particulares ya no servirán para descontar IVA: Facturas de supermercados y otros gastos particulares ya no servirán para descontar pagos del IVA desde enero del 2022.
Así lo anunció este viernes la Secretaría de Estado de Tributación (SET).
Desde el próximo año, las facturas de supermercados y otros gastos particulares que servían para deducción (descuento) del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por prestación de servicios, ya no serán aceptados.
El viceministro de Tributación, Óscar Orué, explicó que esto no estaba permitido desde la aprobación de la Ley 125/91, sin embargo, eran introducidos en la liquidación por los escasos controles.
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Desde el 2022, lo único que será admitido serán gastos inherentes al trabajo realizado.
Orué mencionó que la evasión comprobada es del 36% según el último estudio realizado por la SET con técnicos de la Unión Europea, por lo que con los nuevos controles se pretende reducir el alto índice de evasión al (IVA) a un 20%
Fuente: Telefuturo