Pese a la reglamentación de la Ley de Emergencia, que establece la exoneración la ANDE responde dudas sobre exoneración del pago según Ley 6524 por el servicio de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE)
Para quienes no sobrepasen un consumo de 500 kW/h al mes en marzo, abril y/o mayo (cuyas facturas son emitidas en abril, mayo y junio) los usuarios continuaron con dudas acerca de los pormenores sobre la implementación de la normativa.
Desde la Gerencia Comercial de la compañía explicaron a Última Hora que si un cliente, por ejemplo, sobrepasa el límite (500 kW/h) en el mes de marzo (lo cual podrá verificarse con la factura emitida en abril), pero no lo hace en abril y mayo (las facturas estarán a disposición en mayo y junio), el mismo será exonerado por dos meses, pero pagará uno.
Los montos pendientes de pago (en el caso de consumos por encima del tope establecido por ley) serán fraccionados de forma automática, en 18 cuotas, figurando la primera con la factura a emitirse en el mes de julio.
Desde la ANDE aclararon que el cliente no debe realizar ningún tipo de gestión ante la empresa ni para la exoneración, ni para el fraccionamiento de deuda, sino que todo el proceso se realiza de forma automática, conforme a la reglamentación de la Ley de Emergencia.
Lo mismo rige para las mipymes instaladas en baja tensión, que pueden ser beneficiadas con las facturas exoneradas, mientras que las de media tensión deben contar con la certificación correspondiente que otorga el Ministerio de Industria y Comercio.
Puedes consultar si estás exonerado de pagar tus facturas aquí: ⇨ Consulta de exoneración de tus facturas de ande por número de NIS según Ley 6524/2020
La Cifra 500 kW/h al mes es el tope de consumo para ser beneficiario de la exoneración de la ANDE, en marzo, abril y mayo.
Fuente: https://www.ultimahora.com/covid-19-ande-registra-menor-consumo-electricidad-comercios-n2878960.html