Nuevas disposiciones entran en vigencia: Mediante la sugerencia del Ministerio de Salud, el Poder Ejecutivo decretó nuevas medidas para todo el territorio nacional.
En vista al incremento de contagios que se han dado en las últimas semanas, las restricciones serían en un periodo de 15 días.
Tal como anunció el Ministerio de Salud Pública, anoche se dio a conocer el Decreto N° 4455 del Poder Ejecutivo, el cual establece el cumplimiento de las nuevas disposiciones.
En vista al incremento de los casos por COVID-19 en nuestro país, según explica el documento, el aumento de las cifras es del 22% en comparación a semanas anteriores.
Julio Mazzoleni mencionó
El ministro de Salud, Julio Mazzoleni, mencionó en su habitual conferencia de prensa de los días viernes que esto se da por el aumento de casos principalmente en el departamento Central.
Con respecto a esto, el titular del Ministerio de Salud mencionó que, además de la Capital del país y el departamento Central.
Existe un aumento de casos en Cordillera, Caaguazú, Paraguarí y San Pedro, también en Canindeyú, donde se pide especial atención.
Es por esto, que desde el día de hoy queda en vigencia el documento que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 20:00 hasta las 5:00.
Exceptuando locales gastronómicos, quienes pueden continuar comercializando hasta su hora de cierre, cuyo tope son las 23:59.
Aparte de esto, también se verán afectados los horarios de eventos sociales y corporativos, en vista que el desarrollo de los mismos se limitará hasta cuatro horas.

Esta medida va principalmente dirigida a las organizaciones de cumpleaños, bodas, reuniones sociales, laborales entre otros.
Por otra parte, se recuerda que sigue restringida la circulación de personas a partir de las 00:00 hasta las 5:00.
En vista a esto, los que cumplen horario nocturno deben de contar con un documento que lo acredite, a excepción que sea emergencia.
Además de esto, se recuerda que los balnearios aún no tienen permitidos su apertura, y además el agendamiento sigue siendo de manera obligatoria.
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La rotación de trabajadores además debe seguir siendo necesario, y siguen aconsejándola utilización del sistema de cuadrillas.
Este decreto entra en vigencia por un plazo de dos semanas, hasta el 20 de diciembre, se hace un llamado a la población en general a cumplir las medidas establecidas.
En vista de que no ocurra, se puede sancionar conforme a lo dispuesto en la Ley N° 836/1980 del Código Sanitario.