Beneficios para los Usuarios con Potencia Reservada de Ande: Por Resolución de fecha 29 de abril de 2020, ha dispuesto que la Potencia Reservada de los usuarios de Media, Alta y Muy Alta Tensión, pueda ser aumentada o disminuida, teniendo en cuenta los límites mínimos y máximos establecidos paralas categorías.
Esto se aplicará para las categorías Industrial (371 y 372), Otros (411 y 412), Gubernamental (831 y 832), Diferencial (731 y 732), Alta Tensión (640) y Muy Alta Tensión (620).
A partir del 1 de mayo de 2020, pueden ser solicitadas a través de la página web, como única vía, el aumento o disminución de su potencia reservada.
Para los usuarios conectados en Media Tensión:
Si la demanda máxima registrada en el período de consumo excediera la Potencia Reservada, dicho exceso será facturado al precio de la Potencia Reservada. Este beneficio entrará a regir a partir del 1 de mayo de 2020.
Para los usuarios conectados en Alta Tensión y Muy Alta Tensión:
Si la demanda de máxima Ande registrada en el período de consumo excediera la Potencia Reservada en hasta 5%, toda la potencia que exceda la Potencia Reservada será facturada al precio de la Potencia Reservada.
En el marco de la Emergencia Sanitaria, el aumento o disminución de la potencia reservada puede ser solicitada, como única vía, a través de nuestra web www.ande.gov.py
Fuente: https://twitter.com/ANDEOficial/status/1256398507096920064?s=08